Condiciones generales de compra

1. Ámbito de aplicación y validez de las condiciones del cliente

Las presentes condiciones de compra se consideran exclusivamente aplicables a todos los contratos —incluidos los futuros— con empresarios, personas jurídicas de derecho público y fondos especiales de derecho público relativos a entregas y demás prestaciones, incluidos los contratos de obra. Por la presente se rechazan las condiciones contrarias o adicionales del contratista. No se reconocerán, incluso en el caso de que no se hayan rechazado expresamente tras su recepción, se haya aceptado la entrega y/o se haya pagado la mercancía. Solo se considerarán si el comprador ha declarado su conformidad por escrito y de manera expresa con ellas o con partes de ellas.

 

2. Pedido del cliente

  1. Los pedidos, los acuerdos verbales complementarios al pedido, los acuerdos y las declaraciones de los empleados del cliente solo serán vinculantes tras la confirmación por escrito del cliente. Esto se considera también para modificaciones y adiciones a posteriori.
  2. El contratista indicará inmediatamente por escrito al cliente cualquier modificación o ampliación del alcance de la entrega o del servicio que resulte necesaria durante la ejecución. Estas requieren el consentimiento previo por escrito del cliente.
  3. La forma escrita también se considera cumplida mediante la transmisión electrónica de datos.
  4. El contratista deberá confirmar el pedido en un plazo de ocho días hábiles mediante una copia del pedido debidamente firmada (aceptación del pedido). Esto no se aplica a los pedidos que el cliente haya enviado por transmisión electrónica de datos. En este caso, las confirmaciones deberán realizarse en un plazo de dos días hábiles. La falta de confirmación se considerará como aceptación.

 

3. Oferta del contratista

  1. El contratista deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones y al texto de la solicitud en su oferta. En caso de desviaciones, será necesario indicarlo expresamente.
  2. El cliente se reserva los derechos de propiedad intelectual y de autor sobre las Figuras, dibujos, cálculos y demás documentos de las solicitudes; estos no podrán tener acceso terceros. Su divulgación a terceros requiere el consentimiento expreso por escrito del cliente. Los documentos deben utilizarse exclusivamente para la fabricación en base al pedido del cliente; una vez completado el pedido, deben devolverse al cliente sin que este lo solicite.
  3. La elaboración de ofertas es gratuita y no vinculante para el cliente.
  4. El contratista deberá presentar, en virtud de los requisitos previos establecidos en el artículo 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (EstG), junto con la entrega de la oferta, un certificado de exención válido de conformidad con el artículo 48 b de la EstG en copia legible o, en el caso de un certificado relacionado con el encargo, en original. De lo contrario, la oferta no podrá ser considerada en el proceso de adjudicación posterior. El contratista deberá informar inmediatamente al cliente sobre la posible revocación de un certificado de exención válido.

 

4. Plazo de entrega y prestación del servicio

  1. Las fechas de entrega o prestación de servicios indicadas en el pedido son vinculantes. El cliente podrá rechazar las entregas que se realicen antes de la fecha de entrega acordada. El contratista está obligado a informar al cliente de inmediato por escrito si se producen o se dan a conocer situaciones que resulten en que no se podrá cumplir con la fecha acordada. Esto no afecta la obligación de cumplir con las fechas acordadas.
  2. En caso de demora por parte del contratista, el cliente podrá, tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él, encargar a un tercero la entrega que el contratista aún no haya realizado, a cargo del contratista. Además, es posible que el cliente rescinda el contrato tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él.
  3. En caso de retraso en la entrega por parte del contratista, el cliente tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios por demora a tanto alzado equivalente al 1 % del valor de la entrega por cada semana completa, sin exceder el 10 %. El contratista tendrá derecho a demostrar al cliente que, como consecuencia del retraso, no se ha producido ningún daño o que el daño ha sido considerablemente escaso. El cliente se reserva el derecho de considerar otras reclamaciones legales en lugar de la indemnización a tanto alzado por daños y perjuicios, en particular la rescisión del contrato o una indemnización por incumplimiento.
  4. En caso de fuerza mayor, el cliente tendrá derecho a exigir la ejecución en una fecha posterior. El cliente tiene la obligación de notificarlo inmediatamente al contratista.
  5. Como complemento a las normas establecidas en los párrafos anteriores, se considerarán las normas legales.
  6. El contratista solo podrá invocar la falta de entrega de la documentación necesaria por parte del cliente si no ha recibido dicha documentación en un plazo razonable a pesar de haber enviado una reclamación por escrito.

 

5. Pedidos marco

  1. En el caso de los pedidos marco, ambas partes celebrarán un contrato marco independiente para los materiales que deban suministrarse en cada caso. Los precios de suministro y el número total de unidades de los materiales que deben suministrarse para un año previsto (necesidad anual) resultarán de este contrato marco. La solicitud de entrega concreta derivada de un contrato marco se realizará por escrito por parte del cliente por el tamaño de lote previamente acordado. No obstante, el cliente podrá, de forma diferente a los tamaños de lote acordados, acceder a pedidos con cantidades escasas o mayores.
  2. El contratista tiene la obligación de entregar la cantidad solicitada dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de una orden de entrega por escrito derivada de un contrato marco. El contratista tiene la obligación de mantener siempre existencias suficientes de los materiales de los contratos marco vigentes para garantizar en todo momento la garantía de plazo de entrega de 3 días hábiles de los pedidos de entrega individuales. Los contratos marco comienzan con la primera y terminan con la última orden de entrega de los materiales a suministrar.
  3. Los precios acordados en los contratos marco son siempre precios fijos que se consideran durante la vigencia de cada uno de los contratos marco.
  4. El cliente se compromete con el contratista a adquirir las cantidades acordadas en los respectivos contratos marco. Sin embargo, el cliente no tiene la obligación de adquirir determinadas cantidades parciales dentro de plazos específicos. La cantidad concreta de adquisición se rige por las necesidades operativas del cliente y los pedidos de entrega individuales concretos.

 

6. Ejecución, protección medioambiental, seguridad, protección de la salud y calidad

  1. La entrega deberá cumplir con las especificaciones acordadas, las normas técnicas reconocidas y los requisitos regulatorios válidos en cada caso, así como las normas y reglamentos del funcionamiento normal del cliente. En particular, el contratista deberá cumplir con las normas de prevención de accidentes, el conjunto de normas de la Asociación de Seguros de Accidentes de Trabajo (BG), en especial BGVA1 y BGVA2, así como las normas de seguridad técnica y medicina del trabajo generalmente reconocidas. Las máquinas y los útiles de trabajo técnicos deberán entregarse, de conformidad con el Reglamento de Máquinas, con un manual de instrucciones y una declaración de conformidad CE. Además, deben corresponder con las normas enumeradas en los directorios A y B de la «Disposición Administrativa General relativa a la Ley sobre Equipos de Trabajo Técnicos», así como con otras normas de contenido técnico de seguridad y con las normas de prevención de accidentes. Se entregarán preferentemente equipos de trabajo con marca CE. Si no se ha otorgado una marca de certificación, se deberá demostrar el cumplimiento de las normas mencionadas anteriormente a petición nuestra.
  2. En la medida en que sea aplicable, el contratista mantendrá un sistema de aseguramiento de la calidad, por ejemplo, conforme a la norma DIN EN ISO 9001–9003. El cliente tiene autorización para verificar el sistema previo acuerdo.
  3. En caso de que el contratista suministre sustancias que sean sustancias peligrosas en el sentido del Reglamento sobre Sustancias Peligrosas, el contratista tendrá la obligación de proporcionar, sin que se le solicite, la ficha técnica de seguridad de la UE (§ 4 GefStoffV) antes de la entrega.
  4. Se prohíbe al contratista el uso de sustancias cancerígenas. El contratista deberá orientar constantemente la calidad de los productos que suministre al cliente al estado más avanzado de la técnica e informar al cliente sobre las posibilidades de mejora y de modificaciones técnicas.

 

7. Seguros

  1. Plazos de garantía y cobertura de seguro de responsabilidad civil con condiciones habituales en el sector (suma mínima de cobertura de 5 millones de euros por daños personales/daños materiales a tanto alzado). El contratista deberá acreditar el seguro vigente a petición del cliente; las sumas de garantía y cobertura escasas deberán acordarse con el cliente en cada caso concreto. Si el cliente tiene derecho a reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios adicionales, estas no se verán afectadas.
  2. Todos los envíos dirigidos directamente al cliente (p. ej., entregas en virtud de contratos de compraventa, entregas de obras, contratos de mantenimiento o fabricaciones especiales, pero no entregas de material para contratos de obra que el contratista realice en los equipos del cliente) deberán ser asegurados por el contratista.

 

8. Reservas de propiedad, suministro de materiales, herramientas

  1. En caso de que el cliente proporcione piezas al contratista, este se reserva la propiedad de las mismas. El procesamiento o la transformación por parte del contratista se realizan para el cliente. Si el objeto puesto a disposición por el cliente se transforma o se mezcla de manera inseparable con otros objetos que no pertenecen al cliente, este adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en proporción al valor del objeto bajo reserva (precio de compra más impuesto al valor agregado) respecto a los demás objetos transformados o mezclados en el momento de la transformación o mezcla. Si la transformación o mezcla se realiza de tal manera que el objeto del contratista debe considerarse el objeto principal, se considerará acordado que el contratista transfiere al cliente la copropiedad proporcional; el contratista conservará la propiedad exclusiva o la copropiedad en nombre del cliente.
  2. El cliente se reserva la propiedad de las herramientas proporcionadas; el contratista tiene la obligación de insertar las herramientas exclusivamente para la fabricación de los productos pedidos por el cliente. El contratista tiene la obligación de asegurar, a su propio costo y por el valor de reposición, las herramientas pertenecientes al cliente contra daños por incendio, agua y robo. Al mismo tiempo, el contratista cede desde este momento al cliente todos los derechos de indemnización derivados de este seguro; el cliente acepta por la presente dicha cesión. El contratista tiene la obligación de realizar oportunamente, a su propio costo, los trabajos de mantenimiento e inspección que sean necesarios en las herramientas del cliente, así como todos los gastos de conservación y reparación. Deberá hacer una indicación inmediata al cliente en caso de posible avería; si omite hacerlo por culpa propia, las reclamaciones por daños y perjuicios no se verán afectadas. En la medida en que los derechos de garantía existentes frente al cliente de conformidad con las normas anteriores excedan en más de un 20 % el precio de compra de todas las mercancías bajo reserva de propiedad del cliente que aún no hayan sido pagadas, el cliente tendrá la obligación, a petición del contratista, de liberar los derechos de garantía a elección del cliente.
  3. En lo que respecta a los derechos de reserva de propiedad del contratista, se considerarán sus condiciones, con la salvedad de que la propiedad de la mercancía se transfiere al cliente al momento de su pago y, en consecuencia, no se aplica la forma ampliada de la reserva de cuenta corriente. En virtud de la reserva de propiedad, el contratista solo podrá reclamar la devolución de la mercancía si previamente ha rescindido el contrato.

 

9. Subcontratistas, mano de obra de países no pertenecientes a la UE

  1. La contratación de subcontratistas requiere el consentimiento previo por escrito del cliente. El contratista deberá imponer a los subcontratistas, en relación con las tareas que estos asuman, todas las obligaciones que él mismo haya asumido frente al cliente y asegurar su cumplimiento.
  2. En caso de que el contratista o los subcontratistas empleen mano de obra procedente de países no pertenecientes a la UE, el contratista deberá presentar al cliente los permisos de trabajo correspondientes antes del inicio de los trabajos.
  3. Si el contratista inserta subcontratistas sin nuestro consentimiento previo por escrito de conformidad con el apartado 2.(1) o si incumple la obligación de presentar los permisos de trabajo según el apartado 2.(2), el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato o a exigir una indemnización por incumplimiento.
  4. El contratista no podrá impedir que sus subcontratistas celebren contratos con el cliente para otras entregas o servicios. En particular, no se permiten los acuerdos de exclusividad con terceros que impidan al cliente o al subcontratista realizar la referencia de las entregas o servicios que el propio cliente o el subcontratista necesiten para la ejecución de dichos pedidos.

 

10. Envío, lugar de cumplimiento

  1. Las fechas y plazos de entrega acordados son vinculantes. Se deberá notificar inmediatamente por escrito al cliente cualquier retraso inminente en la entrega. Al mismo tiempo, se le deberán proponer al cliente medidas adecuadas para mitigar las consecuencias del retraso. Para determinar el cumplimiento de la fecha o el plazo de entrega, será determinante la recepción de la mercancía por parte del cliente, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. El lugar de cumplimiento es la dirección de entrega indicada por el cliente en el pedido.
  2. El envío se realiza por cuenta y riesgo del contratista. Se elegirán las opciones de transporte más favorables para el cliente, a menos que este haya especificado expresamente determinadas normas de transporte. Las entregas se embalarán de manera que se eviten daños de transporte.
  3. Además de la dirección de envío, en los documentos de transporte se deben indicar los datos del pedido (número de pedido, número de referencia|número de artículo del cliente, fecha del pedido, lugar de entrega, en su caso, nombre del destinatario y número de contenedor). Por regla general, el envío se debe indicar por escrito al departamento del cliente que realizó el pedido el día de la salida.
  4. En el caso de la entrega de sustancias peligrosas, se deberá enviar al cliente la información del producto, en particular las fichas técnicas de seguridad, con la debida antelación antes de la entrega. Se considera que la información relativa a las restricciones de comercialización impuestas por la ley debe ser enviada con la debida antelación.
  5. Los costos derivados del error en la entrega correrán a cargo del contratista, siempre que este se haga cargo del transporte o sea responsable del error en la entrega. Si en los documentos de entrega faltan los datos del pedido o las indicaciones de entrega del cliente, todos los costos derivados de ello, como el alquiler del vehículo, la tarifa de cambio de ruta y similares, correrán a cargo del contratista. El contratista solo podrá alegar la falta de los documentos necesarios que deba entregar el cliente si no ha recibido dichos documentos incluso después de una reclamación por escrito.
  6. El contratista solo tendrá autorización para realizar entregas o prestar servicios parciales con el consentimiento por escrito del cliente.
  7. El cliente tiene autorización para devolver al contratista los embalajes que se encuentren en buen estado, previo pago del valor que resulte de la factura. Otras instrucciones de envío deberán destacarse en particular en el albarán. Los gastos de embalaje correrán a cargo del contratista, salvo que se acuerde lo contrario por escrito. Si, en casos concretos, el cliente asume los gastos de embalaje, estos se calcularán al precio más económico. Las obligaciones de devolución se rigen por el Reglamento de Embalajes del 21 de agosto de 1998, en su versión válida.
  8. El cliente se reserva el derecho de aceptar entregas en exceso o en defecto.
  9. Si el contratista incurre en mora en la entrega, el cliente tendrá derecho a las reclamaciones legales. En particular, tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación tras el vencimiento infructuoso de un plazo adicional razonable fijado por él. El derecho del cliente a la entrega solo quedará excluido cuando el contratista haya pagado la indemnización por daños y perjuicios.

 

11. Declaración de origen

En caso de que el contratista emita declaraciones sobre el origen de la mercancía vendida, se considerará lo siguiente:

  1. El contratista se compromete a facilitar la verificación de las pruebas de origen por parte de las autoridades aduaneras competentes y a proporcionar tanto la información necesaria para ello como las confirmaciones que puedan ser requeridas.
  2. El contratista tiene la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios que se deriven de que el origen declarado no sea reconocido por la autoridad competente como consecuencia de un certificado erróneo o de la imposibilidad de verificarlo, a menos que no sea responsable de dichas consecuencias.

 

12. Acceder y circular por las instalaciones de la obra del cliente

  1. Al acceder y circular por las instalaciones o la obra del cliente, se deberán seguir las instrucciones de su personal especializado. Se deberá notificar con antelación el acceso o el tránsito por el recinto de la obra o la obra. Se deberán cumplir las normas del Código de Tráfico (StVO). El cliente y sus empleados serán responsables, independientemente del fundamento jurídico, únicamente por negligencia grave y dolo; en caso de lesiones mortales, físicas o a la salud, también por negligencia sencilla.
  2. Si los servicios se prestan en las instalaciones de la obra o en el sitio de construcción, se considerará el reglamento de obra correspondiente. Al inicio de los trabajos o previa solicitud, se entregará a los supervisores del contratista una copia del reglamento de obra, incluido el índice de anexos, contra firma. El conocimiento del contenido del reglamento de obra, incluido el índice de anexos, deberá confirmarse mediante una declaración por escrito.

 

13. Transferencia del riesgo

  1. El peligro no se transfiere al cliente hasta que se le haya entregado la mercadería o se haya aceptado el servicio. La aceptación se realiza bajo la reserva de que se compruebe la ausencia de defectos, en particular la exactitud, integridad y aptitud. Tenemos autorización para examinar el objeto del contrato, en la medida y tan pronto como sea posible según el curso reglamentario de los negocios. Los defectos detectados serán reclamados por nosotros inmediatamente después de su detección. En caso de defectos ocultos, esto se considera a partir del momento en que se detecten. El cliente queda expresamente exento de la obligación de examinar inmediatamente si el objeto del contrato está libre de defectos. En este sentido, el contratista renuncia a la objeción de reclamación tardía por defectos.

 

14. Garantía

  1. El cliente tendrá pleno derecho a las reclamaciones legales de garantía y de indemnización por daños y perjuicios. El contratista responderá ante el cliente, en particular, de que sus entregas y servicios correspondan a las normas técnicas reconocidas y a las propiedades y normas acordadas contractualmente. Independientemente de ello, el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir al contratista la subsanación del defecto o una entrega de sustitución. En este caso, el contratista tiene la obligación de asumir todos los gastos necesarios para la subsanación del defecto o la entrega de sustitución que el cliente deba asumir frente a su comprador, si el defecto ya existía en el momento de la transferencia del riesgo al cliente. Una reparación por parte del contratista se considerará fallida ya tras el primer intento infructuoso. Queda expresamente reservado el derecho a una indemnización por daños y perjuicios, en particular el derecho a una indemnización por incumplimiento. El cliente tendrá derecho a rescindir el contrato incluso si el incumplimiento de la obligación por parte del contratista es solo insignificante. Los derechos legales de garantía prescriben, salvo que la ley previera plazos más largos, en un plazo de 24 meses a partir de la transferencia del riesgo. En la medida en que se reclame al cliente por parte de terceros debido a la deficiencia de la mercancía (recurso del empresario), la prescripción se suspenderá hasta el vencimiento de un plazo máximo de cinco años. La responsabilidad del contratista por defectos finaliza a más tardar diez años después de la entrega de la mercancía. Esta limitación no se considera si las reclamaciones del cliente se basan en hechos que el contratista conocía o de los que no podía ignorar y que no reveló al cliente. El contratista cede al cliente, ya desde este momento y a título de cumplimiento, todas las reclamaciones que le correspondan frente a sus proveedores por motivo de y en relación con la entrega de mercancías deficientes. Entregará al cliente toda la documentación necesaria para hacer valer dichas reclamaciones y proporcionará todas las explicaciones necesarias.
  2. El contratista deberá combatir los defectos de forma gratuita, incluidos los gastos accesorios. Si esto no fuera posible, o si no fuera razonable exigir al cliente que acepte las piezas reparadas, el contratista deberá sustituir las piezas deficientes por otras libres de defectos sin costo alguno.
  3. En casos urgentes, o si el contratista se demora en la subsanación de los defectos, el cliente podrá llevar a cabo las medidas necesarias por su cuenta o encargarlas a un tercero, a cargo del contratista. El cliente notificará al contratista antes de llevar a cabo las medidas. Si esto no fuera posible, en casos urgentes podrán llevarse a cabo las medidas necesarias para evitar daños sin notificación previa; en estos casos, el cliente realizará la notificación de inmediato. La obligación de garantía del contratista no se verá afectada por ello; quedan excluidos de esto los defectos que se deban a medidas llevadas a cabo por el cliente o por un tercero.
  4. Si la subsanación del defecto no es posible o no es razonable para el cliente, este podrá exigir la rescisión del contrato o una reducción del precio.
  5. En caso de defectos, el plazo de garantía se prolongará por el tiempo transcurrido entre la notificación del defecto y su subsanación. Si el objeto de la entrega o del servicio se vuelve a entregar, se repara total o parcialmente o se sustituye, el plazo de garantía comenzará de nuevo para el objeto recién entregado, sustituido o reparado total o parcialmente.
  6. En la medida en que el contratista sea responsable de un daño al producto, tendrá la obligación de eximir al cliente, a primera solicitud, de las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios de terceros, en la medida en que la causa se encuentre dentro de su ámbito de control y organización y él mismo sea responsable ante terceros.
  7. En el marco de su responsabilidad por daños en el sentido del párrafo anterior (6), el contratista también tiene la obligación de reembolsar los gastos posibles que surjan de conformidad con los artículos 683 y 670 del Código Civil alemán (BGB), así como de conformidad con los artículos 830 y 840 del BGB, que se deriven también o en relación con una campaña de retiro del mercado llevada a cabo por el cliente. El cliente instruirá al contratista sobre el contenido y el alcance de la medida de retiro que se llevará a cabo, en la medida de lo posible y razonable, y le dará la posibilidad de expresar su opinión. Quedan reservados otros derechos legales del cliente.
  8. La responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley de Seguridad de Aparatos y Productos se limita a los productos que se hayan comercializado después del 1 de mayo de 2004. Además, solo existirán derechos de indemnización por daños y perjuicios por aquellos daños causados por el incumplimiento de las obligaciones de forma intencional o por negligencia grave. La responsabilidad se limita, en la medida en que sea admisible, al valor del producto.

 

15. Precios, facturación

  1. Los precios indicados en el pedido son precios fijos (más el impuesto al valor agregado legal), que incluyen todos los descuentos y recargos, franco lugar de uso, incluidos los gastos de embalaje, protección anticorrosión y envío. En caso de entrega a cargo del destinatario, el cliente solo asumirá los gastos de transporte más económicos, a menos que haya prescrito un tipo de envío en particular. La forma de fijación de precios no toca el acuerdo sobre el lugar de cumplimiento. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, o en caso de que el contratista ofrezca condiciones más favorables, el cliente pagará el precio acordado con un descuento del 3 %.
  2. Los plazos de pago y descuento comienzan a partir de la recepción de la factura, pero no antes de la recepción de la mercancía o, en el caso de servicios, no antes de su aceptación y, en la medida en que la documentación, los certificados de prueba (p. ej., certificados de fábrica) o documentos similares formen parte del alcance de los servicios, no antes de su entrega al cliente conforme al contrato.
  3. El cliente pagará en un plazo de 14 días con el descuento mencionado anteriormente; sin embargo, también tiene autorización para pagar sin descuento el día 15 del mes siguiente a la entrega, una vez que esta se haya realizado en su totalidad y sin objeciones y se haya recibido la factura.
  4. El cliente tendrá derecho a la compensación y a la retención en el alcance previsto por la ley.
  5. Las facturas, que se extenderán por duplicado, deberán enviarse, una vez realizada la entrega o prestado el servicio —separadas por pedidos—, a la dirección de facturación indicada en el pedido o a la gestión|administración del cliente; se deberán indicar los números de pedido y adjuntar toda la documentación de liquidación (listas de piezas, registros de trabajo, mediciones, etc.).
  6. Las facturas por entregas o servicios parciales deberán llevar la indicación «Factura de entrega parcial» o «Factura de servicio parcial», y las facturas finales, la indicación «Factura de entrega restante» o «Factura de servicio restante».
  7. Cada factura debe indicar el impuesto al valor agregado (IVA) correspondiente. Las facturas originales no deben adjuntarse a la entrega de la mercancía.

 

16. Pago

  1. El cliente pagará en la fecha de vencimiento acordada tras la recepción de la mercancía.
  2. Los pagos efectuados no implican el reconocimiento de la liquidación.
  3. Los pagos se realizarán mediante cheque o transferencia bancaria. El pago se considerará puntual si el cheque se envía por correo en la fecha de vencimiento o si la transferencia se ordena al banco en la fecha de vencimiento. No se pueden exigir intereses de mora. La tasa de interés de mora es de 5 puntos porcentuales por encima de la tasa de interés básica. El cliente tiene derecho, en cualquier caso, a demostrar que el daño por mora es escaso en comparación con el exigido por el comprador.

 

17. Prohibición de cesión

Quedan excluidas las cesiones y demás transmisiones de derechos y obligaciones del contratista fuera del ámbito de aplicación del artículo 354 a del Código de Comercio alemán (HGB); los casos excepcionales requerirán, para su validez, el consentimiento por escrito del cliente.

 

18. Rescisión

  1. El cliente podrá rescindir el encargo de servicios de obra en cualquier momento hasta la finalización de la obra o la entrega de la misma, de conformidad con el artículo 649 del Código Civil alemán (BGB). A diferencia de las consecuencias de la rescisión reguladas por la ley, se considerará lo siguiente: Si el cliente rescinde el contrato por una causa justificada imputable al contratista, este solo tendrá derecho a la remuneración de los servicios individuales prestados hasta la recepción de la rescisión y que hayan sido aprovechados por el cliente. Los derechos de indemnización por daños y perjuicios del cliente no se verán afectados. En particular, el contratista deberá reembolsar los gastos adicionales en que se haya incurrido.
  2. Si el cliente rescinde el contrato por una causa justificada de la que el contratista no es responsable, el contratista solo recibirá la remuneración acordada por las entregas y/o prestaciones individuales realizadas hasta la recepción de la rescisión y aceptadas por el cliente. Quedan excluidas otras reclamaciones del contratista. Por lo demás, se considerarán las consecuencias de la rescisión reguladas en el § 649 del Código Civil alemán (BGB).
  3. El cliente podrá rescindir el pedido de entregas (art. 433 del Código Civil alemán, BGB) en cualquier momento por causa justificada hasta la entrega de la mercancía. En este caso, se considerarán los párrafos anteriores en lo que respecta al derecho a remuneración del contratista; el cliente adquirirá la propiedad de las entregas y prestaciones parciales remuneradas.
  4. Se considera que existe una causa justificada en el sentido del párrafo (3) existe, en particular, cuando, como consecuencia de decisiones de carácter soberano, el cliente deja de tener interés en la prestación de los servicios contractuales, el contratista presenta una solicitud de insolvencia, se dan los requisitos previos para una solicitud de insolvencia o el contratista no cumple con su obligación de subsanar los servicios erróneos dentro de un plazo razonable fijado por escrito.

 

19. Eliminación de residuos

En la medida en que se generen desechos en relación con las entregas o prestaciones del contratista, este reciclará o combatirá los desechos —salvo acuerdo escrito en contrario— a su propio costo y de conformidad con las disposiciones de la legislación sobre desechos. La propiedad, el peligro|riesgo y la responsabilidad en materia de desechos se transfieren al contratista en el momento en que se generan los desechos.

 

20. Pesos, cantidades

En caso de desviaciones de peso, se considerará el peso determinado en el aviso de recepción por parte del cliente, a menos que el contratista demuestre que el peso calculado por él se determinó correctamente según un método generalmente reconocido. Lo mismo se aplica a las cantidades.

 

21. Derechos de propiedad industrial (patentes, licencias, modelos de utilidad, etc.),
derecho de propiedad intelectual

El contratista será responsable de que la entrega y el uso de los objetos de suministro y/o de la obra fabricada no infrinjan patentes o derechos de propiedad industrial de terceros. El contratista se compromete a eximir al cliente de cualquier reclamación posible de terceros por la lesión de dichos derechos y a indemnizarlo por cualquier otro concepto. El cliente tiene autorización para llegar a acuerdos con el tercero sin el consentimiento del contratista, en particular a celebrar un acuerdo transaccional. Aunque existan derechos de propiedad industrial del contratista, el cliente o sus representantes podrán realizar reparaciones.

 

22. Confidencialidad

  1. El contratista tiene la obligación de tratar de manera ilimitada confidencial toda la información que reciba durante la ejecución del pedido. Esto no se considera para la información que ya fuera conocida por el contratista en el momento de su recepción o de la que haya tenido conocimiento por otros medios (por ejemplo, de terceros sin reserva de confidencialidad o mediante sus propios esfuerzos independientes).
  2. Todos los documentos entregados por el cliente seguirán siendo de su propiedad. No se les podrá dar acceso a terceros y deberán devolverse al cliente en su totalidad y sin que este lo solicite una vez ejecutado el pedido. No se considerarán terceros los especialistas y subcontratistas a los que haya recurrido el contratista, siempre que hayan asumido ante el contratista la misma obligación de mantener la confidencialidad. El contratista será responsable de todos los daños que se deriven para el cliente del incumplimiento de esta obligación.
  3. 3. El cliente tendrá todos los derechos de uso exclusivos sobre todas las Figuras, dibujos, cálculos, métodos de análisis, fórmulas y demás trabajos que el contratista elabore o desarrolle durante la formalización y la ejecución del pedido.

 

23. Protección de datos

El contratista acepta que el cliente almacene, procese y transmita datos personales del contratista a empresas afiliadas, en la medida en que sea necesario para el cumplimiento y la tramitación del pedido.

 

24. Publicación, publicidad

La evaluación o divulgación de las relaciones comerciales existentes con el cliente en publicaciones o con fines publicitarios solo se permite con su consentimiento previo, expreso y por escrito.

 

25. Traslado al extranjero

  1. El contratista es consciente de que, en muchos casos, la exportación de documentos y objetos de todo tipo requiere una autorización, por ejemplo, de conformidad con la Ley de Comercio Exterior. El contratista es responsable de que, en los casos en que traslade al extranjero documentos u objetos propios o del cliente, se compruebe la posibilidad de obtener la autorización para dicho traslado y, en caso necesario, se obtengan a tiempo todas las autorizaciones requeridas y se cumplan todas las disposiciones legales pertinentes.
  2. En caso de incumplimiento de estas disposiciones, el cliente se reserva el derecho de reclamar una indemnización por los daños ocasionados.

 

26. Jurisdicción

En la medida en que el contratista sea un comerciante en el sentido del Código de Comercio, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, la sede del cliente será la jurisdicción exclusiva para todos los litigios que resulten directa o indirectamente de la relación contractual. Además, el cliente tiene derecho a presentar una demanda ante el tribunal competente en la sede del contratista.

 

27. Idioma del contrato, derecho aplicable

  1. El idioma del contrato es el alemán. Se considera la legislación alemana.
  2. 2. Si el contratista tiene su sede en el extranjero, se acuerda la aplicación del derecho alemán, con exclusión de las normas de conflicto de leyes y con inclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 de abril de 1980. Las cláusulas habituales en el comercio se interpretarán de acuerdo con los Incoterms válidos correspondientes (ICC, París).

 

28. Cláusula de salvaguardia

  1. Si alguna de las disposiciones individuales de este contrato fuera o llegara a ser ineficaz o inaplicable, las demás disposiciones seguirán siendo válidas.
  2. Las partes tienen la obligación de sustituir la disposición inválida o inaplicable, desde el inicio de su invalidez o inaplicabilidad, por una disposición que sea lo más equivalente posible desde el punto de vista económico.

 

E. Zoller GmbH & Co. KG
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